viernes, 9 de diciembre de 2016

Planificación de la protección en la empresa

Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud laboral. Este derecho supone la existencia de un correlativo deber del empresario de proteger a los trabajadores frente a los riesgos derivados del trabajo.


En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de todos los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con la prestación laboral.
La idea sobre la que se asienta la promoción de la salud de los trabajadores es la de prevención, entendida como el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.

El objetivo que se persigue es la eliminación de los riesgos, antes de que éstos puedan llegar a materializarse. La prevención debe nacer en el mismo momento del diseño del proyecto empresarial y extenderse durante toda la vida y actividad de la empresa.

Es muy importante la idea de anticipación que aporta, pues no se espera a la aparición de los daños para corregirlos, ni se limita a la mera utilización de equipos de protección, ya sean individuales o colectivos. La prevención de riesgos laborales incluye la identificación y detección de los factores de riesgo, su análisis y evaluación, la adopción de las medidas necesarias y el control de la efectividad de las mismas.

Así, el empresario realizará la prevención de los riesgos derivados del trabajo desarrollando una acción permanente para perfeccionar los niveles de protección existentes y adaptando las medidas de prevención que se hayan adoptado a las modificaciones que puedan experimentar las circunstancias que afectan a la realización del trabajo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario